Acuerdo de Colaboracion Comercial
1 Naturaleza de la relacion: colaborador independiente
El Colaborador actua por cuenta propia, asume sus propios riesgos comerciales y es responsable de sus obligaciones tributarias personales (RISE, RIMPE u otro regimen aplicable) frente al SRI. CESCAC no retiene, ni paga por el Colaborador, aportes de seguridad social ni beneficios laborales (decimos, vacaciones, utilidades), por no existir relacion de trabajo.
2 Objeto del Acuerdo
CESCAC autoriza al Colaborador a promocionar, ofrecer e intermediar la venta de los productos y servicios de las lineas de negocio de CESCAC (Salud, Contable, Linea Blanca, CEVACONSTRUC, Alquiler de Maquinaria, SUBLIMETSA, SERVINOTEC y Taller Creativo), a cambio de una comision sobre las ventas aprobadas, conforme a las clausulas siguientes. La participacion es voluntaria y puede iniciar o terminar en cualquier momento segun la Clausula 7.
3 Comision
La comision se calcula sobre el precio final de la venta aprobada por CESCAC, segun la tabla oficial de comisiones vigente (configuracion_comisiones, parametrizable por la empresa), diferenciada por la linea de negocio de cada venta:
| Linea | Cliente nuevo | Cliente recurrente (por nivel) |
|---|---|---|
| Linea Blanca | 5% | 2% (Bronce) a 5% (Diamante) |
| Servicios (Salud, Contable, CEVACONSTRUC, Alquiler Maquinaria, SUBLIMETSA, SERVINOTEC, Taller Creativo) | 7% | 3% (Bronce) a 6% (Diamante) |
| Digital (apps propias, cursos, Academia) | 15% | 8% (Bronce) a 15% (Diamante) |
Adicionalmente: bono por volumen del mes (puntos porcentuales extra si el Colaborador acumula 5, 10 o 20+ ventas aprobadas en el mes calendario), 1% por cada venta aprobada de un vendedor referido directo (1er nivel, todas las lineas), y 0,5% adicional por 2do nivel de referido en Servicios y Digital (en Linea Blanca no aplica 2do nivel por margen de la linea). Todas las comisiones respetan el piso de margen minimo de la empresa: si una venta puntual no deja margen suficiente, la comision de esa venta se ajusta hacia abajo y el motivo queda registrado -- nunca se vende a perdida por pagar comision. Solo generan comision las ventas aprobadas por un administrador o encargado de CESCAC; las ventas rechazadas o canceladas no generan comision. Detalle y ejemplos en Politicas del Programa y en la seccion Comisiones del panel.
4 Frecuencia de pago de comisiones
El Colaborador elige, al registrarse o desde su panel, la frecuencia con la que desea recibir el pago de sus comisiones acumuladas y aprobadas:
| Frecuencia | Momento del pago |
|---|---|
| Inmediato | Al confirmarse la aprobacion de la venta |
| Semanal | Todos los lunes, sobre lo acumulado la semana anterior |
| Quincenal | Cada quince dias, segun calendario del panel |
| Mensual | Una vez al mes, segun calendario del panel |
El pago se realiza por transferencia a la cuenta bancaria que el Colaborador registre en su panel. CESCAC puede ajustar el calendario exacto de pagos por causas operativas, informando por el portal o correo registrado.
5 Obligaciones del Colaborador
- Usar solo materiales oficiales: imagenes, precios, textos y piezas publicitarias entregadas o autorizadas por CESCAC (biblioteca de creativos y material del panel). Prohibido crear o modificar artes con logos, precios o promesas no autorizadas.
- Respetar los precios canonicos publicados por CESCAC en el sitio oficial y en el panel de vendedores. No ofrecer descuentos, cupones o condiciones distintas a las vigentes sin autorizacion expresa.
- No prometer lo que CESCAC no ofrece: plazos, garantias, resultados de salud, financiamiento o condiciones no publicadas oficialmente. El Colaborador responde frente a CESCAC por promesas indebidas hechas a clientes.
- Actuar con etica y veracidad; registrar las ventas conforme a los procesos del panel, sin falsear datos.
- No recibir pagos de clientes en cuentas personales; todo pago va a las cuentas o pasarelas oficiales de CESCAC (ver Politicas del Programa).
- Cumplir la legislacion ecuatoriana aplicable (comercial, tributaria, proteccion de datos).
6 Confidencialidad
El Colaborador se obliga a mantener confidencialidad sobre precios internos, listas de clientes, estrategias comerciales, informacion de otros vendedores y cualquier dato al que acceda por el panel o por su relacion con CESCAC. Esta obligacion permanece vigente durante la colaboracion y por un plazo razonable posterior a su terminacion. El uso o divulgacion indebida de esta informacion es causal de terminacion inmediata y de las acciones legales que correspondan.
7 Uso de marca
CESCAC autoriza al Colaborador a identificarse como "Vendedor autorizado / representante comercial de CESCAC" unicamente mientras el Acuerdo este vigente, y solo con los logos oficiales de cada submarca (CESCAC, GEOMED, SUBLIMETSA, SERVINOTEC, CEVACONSTRUC, Taller Creativo) entregados por la empresa. Prohibido: registrar dominios, redes sociales o cuentas de pago a nombre de CESCAC o de sus submarcas; usar el nombre o logo de CESCAC para fines ajenos al programa; alterar el logo o combinarlo con marcas de terceros. Al terminar el Acuerdo, el Colaborador debe dejar de usar de inmediato cualquier material de marca de CESCAC.
8 Terminacion
Cualquiera de las partes puede dar por terminada esta colaboracion en cualquier momento, sin necesidad de causa, mediante aviso por el panel, correo o WhatsApp registrado. CESCAC puede terminar el Acuerdo de forma inmediata ante incumplimiento grave (fraude, ventas falsas, desvio de pagos a cuentas personales, uso indebido de marca o incumplimiento de confidencialidad). La terminacion no afecta el pago de comisiones ya devengadas por ventas aprobadas antes de la fecha de terminacion, ni libera al Colaborador de las obligaciones de confidencialidad y uso de marca ya nacidas.
9 Modificaciones
CESCAC puede actualizar este Acuerdo (por ejemplo, porcentajes de comision u opciones de frecuencia de pago). Los cambios se publican con nueva version y fecha en esta pagina; cambios sustanciales se comunican por el portal o correo. El Colaborador debe volver a aceptar el Acuerdo cuando cambie de version para continuar operando en el panel.
10 Ley aplicable y jurisdiccion
Este Acuerdo se rige por las leyes de la Republica del Ecuador (Codigo Civil, Codigo de Comercio, normativa tributaria y la Ley Organica de Proteccion de Datos Personales -- LOPDP). Cualquier controversia se resolvera de buena fe entre las partes; de no llegar a acuerdo, se sometera a los jueces competentes de Guayaquil, Ecuador, sin perjuicio de la mediacion previa cuando la ley lo permita.
11 Contacto
CESCAC PRODUCTOS Y SERVICIOS S.A.S. · RUC 0993389404001 · Guayaquil, Ecuador · WhatsApp +593 93 923 0827 · contacto@cescac.com · https://cescac.com